Salvaunamascota ERP

Captación del SaaS para una organización
# Contrato de encargo del tratamiento

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Contrato de encargo del tratamiento de datos personales (art. 28 del Reglamento (UE) 2016/679, RGPD, y Ley Orgánica 3/2018, LOPDGDD). Texto canónico de la versión **1**. Sin este contrato aceptado no hay organización operativa.

## 1. Partes

**Responsable del tratamiento:** la organización que se da de alta en Salvaunamascota ERP (asociación, fundación, GCOF, ayuntamiento, concesionaria u otra entidad de protección animal que use el SaaS). Decide los fines y los medios esenciales del tratamiento del censo y del resto de datos de su actividad.

**Encargado del tratamiento:** el prestador del SaaS **Salvaunamascota ERP** (Anothercube). La identidad LSSI (denominación social, NIF, domicilio y email de contacto) figura en el aviso legal de la Landing del SaaS, no en este texto. El encargado **no** es el portal de adopción pública Salvaunamascota, **no** es el hostname del ERP y **no** vende «el .es» como back-office.

El personal de ops del SaaS (panel Administrador) trabaja para Anothercube. **No** es el rol Administrador de la organización (`admin_org`) de Plataforma ni el administrador de anuncios del portal.

## 2. Versión y aceptación

Esta es la versión **1** (`dpa_version="1"`). El alta de la organización exige aceptar este encargo, las condiciones generales y la política de privacidad. La aceptación se registra (versión, fecha, dirección IP y agente de usuario) y no se sustituye por un GET a la API.

Una versión distinta de `"1"` no es este contrato. Este texto no inventa una versión 2.

## 3. Objeto, naturaleza y finalidad

El encargado pone a disposición de la organización el SaaS Salvaunamascota ERP (API y aplicaciones Landing, Plataforma y, en su caso, web pública de la propia organización) para que la organización gestione su actividad: fichas de animales, personas, documentos, asientos, usuarios de la organización y las funciones que el producto ofrezca en cada momento.

El tratamiento consiste en alojar, conservar, transmitir y, cuando la organización lo instruya, exportar o minimizar esos datos. El encargado **no** decide publicar anuncios, adoptar, ceder ni facturar a terceros de la organización.

Quedan **fuera** de este encargo (son otros tratamientos o otros responsables):

- Los datos de cliente del SaaS (alta, facturación, prueba de 7 días y cobro de **14,99 €/mes, impuestos incluidos**), que se rigen por la política de privacidad y las condiciones generales del prestador.
- El portal de adopción pública Salvaunamascota, producto distinto del ERP. Conectarlo es opcional e instrucción de la organización; el anuncio no lleva dirección de casa de acogida ni documento identificativo de adoptante.
- La web pública de la organización, si la activa: publica lo que la organización marque como visible, nunca el censo interno completo.

## 4. Duración

El encargo empieza cuando la organización acepta este texto en el alta y dura mientras la cuenta exista, incluida la prueba de 7 días y los estados posteriores de la cuenta, hasta la baja. Tras la baja se aplica el apartado de destino de los datos. Las obligaciones de confidencialidad, seguridad y conservación legal sobreviven al cese en lo que exija el RGPD y la normativa aplicable.

## 5. Interesados y tipos de datos

La organización introduce, y el encargado trata por su cuenta, datos de:

- Personas de la actividad de la organización: interesados, adoptantes, casas de acogida, voluntarios, donantes, cuidadores, titulares, halladores y otros papeles que la organización asigne.
- Usuarios de la organización (Administrador de la organización, coordinación, voluntariado, casas de acogida con acceso, solo lectura).
- Fichas de animales y su vínculo con personas, documentos (contratos, certificados) y fotografías.
- Asientos y datos necesarios para la tesorería de la organización, si usa esa función.

Tipos habituales: identidad y contacto, documento identificativo si la organización lo guarda, dirección (la de casa de acogida es de alto riesgo: no es categoría especial del art. 9 RGPD, pero no sale a anuncios, web pública, enlaces de ficha ni listados de voluntarios), IBAN si la organización lo registra, fotos (sin EXIF/GPS de ubicación), metadatos de uso del SaaS ligados a esa organización.

No hay usuarios menores de edad en el ERP. La organización no debe dar de alta a un niño como usuario.

El encargado **no** usa estos datos para crear un censo propio, para cederlos a otras organizaciones ni para una «lista negra» compartida. Si la organización anota hechos de no adoptar, son solo de **esta** organización y no se ceden.

## 6. Instrucciones documentadas

El encargado trata los datos solo según:

1. Este contrato.
2. La configuración y las acciones de los usuarios de la organización en el ERP (altas, cambios, exportaciones, bajas, publicación opcional).
3. El contrato HTTP del SaaS y las obligaciones legales que se impongan al encargado.

Si el encargado considera que una instrucción vulnera el RGPD, lo comunica a la organización y no la ejecuta. El encargado no corrige por su cuenta los fines de la organización.

La conexión opcional al portal de adopción pública, la publicación en la web de la organización y la solicitud de exportación o de baja son instrucciones de la organización.

## 7. Obligaciones del encargado

El encargado:

- Trata los datos solo para prestar el SaaS a esa organización.
- Garantiza que las personas autorizadas (empleados, colaboradores, subencargados) se comprometen a confidencialidad.
- Aplica las medidas del apartado 10.
- No comunica datos a terceros salvo instrucción, obligación legal o subencargo autorizado.
- Ayuda a la organización a atender derechos de las personas, notificar violaciones, evaluar el impacto y consultar a la autoridad, en la medida de lo que el SaaS permite (exportación de ficha, minimización, exportación de la organización).
- Pone a disposición la información razonable para demostrar el cumplimiento de este art. 28.
- Al terminar, destina los datos según el apartado 15.

El encargado **no** es despacho de abogados, **no** presenta inscripciones de EPA ni de núcleo zoológico, **no** es el registro de identificación animal ni un sistema estatal de registros, y **no** certifica eutanasias.

## 8. Obligaciones del responsable

La organización:

- Es responsable del censo y de la licitud de lo que introduce (base jurídica, información a las personas, plazos, calidad).
- No pide al encargado tratamientos ajenos al SaaS (por ejemplo, ceder datos a otra organización o anotar indicios penales).
- Mantiene a sus usuarios con el mínimo privilegio razonable y da de baja el acceso cuando cese la relación.
- Atiende a las personas interesadas; el encargado canaliza las solicitudes que reciba hacia la organización cuando identifiquen a esa organización.
- Acepta que el personal de ops del SaaS no opera el censo: no ve DNI, IBAN, dirección de casa de acogida ni listados de animales o personas como herramienta de soporte ordinaria.

## 9. Personal autorizado y ops del SaaS

Tratan datos de una organización: sus propios usuarios y, en su caso, los subencargados. El personal de ops de Anothercube no usa el censo como panel. El panel Administrador muestra datos de cuenta del SaaS (nombre de organización, CIF cuando ya se ha pedido al pagar, plan, recuentos, email de facturación, indicador de conexión al portal), no documentos de adopción, clínica, direcciones de acogida ni mensajes.

No hay suplantación de usuarios de la organización en esta versión del producto. Si en el futuro existiera, exigiría motivo, plazo corto, aviso visible y no incluiría IBAN ni exportación masiva.

## 10. Seguridad y aislamiento

Medidas aplicadas al SaaS, entre otras:

- Aislamiento entre organizaciones: los datos de una no se listan ni se hidratan como si fueran de otra. Sin contexto de organización no hay censo.
- Acceso autenticado de los usuarios de la organización; sesiones propias del ERP, distintas de las del portal.
- Cifrado en tránsito (HTTPS en producción).
- Secretos y contraseñas cifrados o con resumen; no se registran DNI, IBAN, chip completo ni hechos de no adoptar en logs de producto.
- Fotos: se elimina EXIF/GPS antes de que el objeto sea recuperable. Las fotos de custodia no se reutilizan como portada de adopción.
- Copias de seguridad de la infraestructura, con el mismo deber de confidencialidad.
- El personal de ops no tiene por defecto acceso al censo.

Ninguna medida es una certificación ENS ni sustituye las medidas que la organización deba aplicar en su propio ámbito (dispositivos, papel, veterinario externo).

## 11. Subencargados

La organización autoriza de forma general a que el encargado recurra a subencargados de estas categorías, siempre en el Espacio Económico Europeo o con garantías adecuadas:

- Alojamiento, base de datos y copias de la infraestructura del SaaS.
- Almacenamiento de objetos (fotos y documentos).
- Correo transaccional (confirmación del alta, invitaciones a usuarios de la organización, restablecimiento de contraseña).
- Protección antiabuso del formulario de alta.

El encargado impone a cada subencargado obligaciones equivalentes a las de este contrato y sigue siendo responsable ante la organización por el subencargo. Un cambio que afecte de forma relevante se comunica para que la organización pueda oponerse con motivo razonable o dar de baja la cuenta.

La pasarela de cobro del SaaS trata datos de facturación del **cliente** del SaaS (responsable: el prestador), no el censo de personas de la organización. No se mezcla con cuotas de adopción ni con donativos de la entidad.

## 12. Transferencias internacionales

El tratamiento se diseña para el Espacio Económico Europeo. Si un subencargado implica una transferencia fuera, el encargado usa una herramienta del capítulo V del RGPD (en particular cláusulas contractuales tipo de la Comisión) y lo refleja en la información de subencargados.

## 13. Derechos de las personas

Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad se ejercen ante la **organización**. El SaaS ofrece, para esa organización:

- Consulta y rectificación por los usuarios autorizados.
- Portabilidad de una ficha de persona de esa organización.
- Minimización / supresión con límites: no se borra un contrato de adopción ni un asiento que deba conservarse; no se minimiza a quien esté ligado a un expediente de retención judicial o sanitaria, depósito o vulnerabilidad en esa organización.

El encargado no atiende por su cuenta un derecho sobre el censo de una organización como si fuera responsable de ese censo.

## 14. Violación de la seguridad

El encargado avisa a la organización, sin dilación indebida y con la información de la que disponga (naturaleza, datos y personas afectados en la medida en que se puedan delimitar, medidas tomadas), para que la organización pueda cumplir el art. 33 RGPD (comunicación a la autoridad, de regla general 72 horas) y, si procede, el art. 34.

El encargado no notifica a la AEPD en nombre de la organización salvo instrucción escrita o obligación legal propia.

## 15. Conservación, portabilidad y destino al cese

Durante el servicio, la organización puede exportar los datos de **esta** organización (animales, personas, documentos, asientos y, si existe, listado de anuncios del portal vinculados). Ese paquete puede incluir datos identificativos de personas de esta organización; no es un volcado a otras organizaciones ni un listado de voluntarios con direcciones de acogida.

Al cese (baja de la cuenta), el encargado:

1. Pone a disposición de la organización, a petición del Administrador de la organización y dentro del plazo del producto, la exportación de esa organización.
2. Deja de tratar el resto para prestar el SaaS y lo suprime o anonimiza en un plazo razonable de las copias de producción, **salvo** lo que deba conservarse por obligación legal (en particular contratos de adopción y asientos de libro) o por defensa de reclamaciones, minimizado.

El encargado no entrega el censo de una organización a otra. El personal de ops del SaaS no dispara la exportación del censo.

## 16. Auditoría

La organización puede pedir información escrita que demuestre el cumplimiento de este contrato. Una auditoría presencial o técnica, si procede, se preavisa, se limita a lo necesario para este encargo y **no** da acceso a datos de otras organizaciones. El encargado puede sustituir visitas innecesarias por informes de medidas e informes de terceros independientes cuando cubran el mismo objeto.

## 17. Relación con otros textos

- Condiciones generales: precio, prueba de 7 días sin tarjeta, desistimiento desde el primer cobro, IVA del SaaS (la exención de la asociación no quita el IVA del prestador).
- Política de privacidad del SaaS: responsable del tratamiento de **clientes** del SaaS, no del censo de las organizaciones.
- Aviso legal: identidad del prestador.
- Este DPA: encargado del censo de la organización.

En caso de conflicto sobre el censo, prevalece este contrato. El castellano es la lengua de este texto.

## 18. Ley y autoridad

Ley española y RGPD. Autoridad de control principal: Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sin perjuicio de las autoridades autonómicas cuando corresponda.

## 19. Contacto del encargado

Las cuestiones de este encargo se dirigen al email de contacto del prestador publicado en el aviso legal de la Landing del SaaS. No se usa el portal de adopción pública ni un hostname del ERP como identidad del vendedor.